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Ayudas Actualizado sep. 2026

Bonificación del ICIO por obras solares: hasta el 95 %

El impuesto de obras que se paga al tramitar la instalación, cómo se bonifica y por qué se pierde por no marcar una casilla.

En esta guía

El ICIO es el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Se paga al ayuntamiento al tramitar la licencia o la declaración responsable de la instalación.

Y la ley permite bonificarlo hasta el 95 % cuando la obra incorpora sistemas de aprovechamiento solar.

#Cuánto se paga de ICIO

El impuesto se calcula sobre el coste real y efectivo de la obra, con un tipo que fija cada ayuntamiento y que suele estar entre el 2 y el 4 %.

En una instalación de 6.000 €, eso son entre 120 y 240 €. Con la bonificación del 95 %, se queda en entre 6 y 12 €.

No es la ayuda más grande, pero es la que mejor relación tiene entre lo que se consigue y lo que cuesta pedirla: una casilla en un formulario que ya estabas rellenando.

#Lo que dice la ley

El artículo 103.2.b del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite a los ayuntamientos establecer una bonificación de hasta el 95 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

Dos condiciones que aparecen en la propia ley y que hay que leer con atención:

1. Las instalaciones deben incluir colectores homologados por la administración competente. Se acredita con la ficha técnica o el certificado del fabricante, que te da el instalador.

2. La bonificación no se aplica si la instalación es obligatoria. Si el Código Técnico de la Edificación o una ordenanza urbanística te obligaban a poner esa instalación —lo habitual en obra nueva—, no aplica. En una vivienda existente donde instalas por voluntad propia, no hay problema.

#Es potestativa, como el IBI

La palabra clave otra vez: la ley lo permite, no lo obliga. Cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal si aplica la bonificación y con qué porcentaje.

Cómo comprobarlo, en cinco minutos:

  1. Busca en Google: ordenanza fiscal ICIO más el nombre de tu municipio.
  2. Abre el PDF y busca dentro (Ctrl+F): solar, aprovechamiento, renovable.
  3. Lee el artículo completo: porcentaje, requisitos y cuándo hay que solicitarla.

Es el mismo procedimiento que para el IBI, y merece la pena hacer las dos búsquedas de una vez. Está en la bonificación del IBI por placas solares.

#Cuándo y cómo se pide

En el momento del trámite de obra. Es decir, al presentar la declaración responsable o al solicitar la licencia, antes de empezar.

Muchos formularios municipales tienen una casilla o un apartado específico para bonificaciones. Otros exigen una solicitud aparte junto con la documentación técnica.

Qué se presenta:

  • Solicitud de bonificación, en el modelo del ayuntamiento si lo hay.
  • Presupuesto desglosado de la instalación, que es la base del impuesto.
  • Fichas técnicas de los paneles, con la homologación.
  • Memoria técnica de diseño o proyecto.

Quién lo suele hacer: el instalador, porque es él quien presenta la declaración responsable. Pero confírmalo por escrito: es una de las cosas que hay que exigir en el presupuesto, junto con el resto de trámites. Está en qué mirar en un presupuesto.

#Un detalle sobre la base del impuesto

El ICIO se calcula sobre el coste real y efectivo de la obra, y aquí hay un matiz que a veces se discute: no forman parte de la base el propio impuesto, las tasas municipales, los honorarios profesionales ni el beneficio empresarial del contratista.

En la práctica, muchos ayuntamientos liquidan provisionalmente sobre el presupuesto presentado y luego pueden hacer una comprobación con la factura final. Si el importe liquidado se calculó sobre una cifra que incluía conceptos excluibles, se puede solicitar la rectificación.

No es una gran cantidad, pero conviene saber que el presupuesto que presentas es la base del impuesto: un presupuesto desglosado sirve también para esto.

#Las otras figuras

Ayudas a las que puedes optar

AyudaMáximoQuién la concedeLa letra pequeña
Deducción IRPF20 %EstadoReducir al menos un 7 % la demanda de calefaccion y refrigeracion de la vivienda. Base máxima 5.000 €
Deducción IRPF40 %EstadoReducir al menos un 30 % el consumo de energia primaria no renovable, o mejorar la calificacion energetica a A o B. Base máxima 7.500 €
Deducción IRPF60 %EstadoObras de rehabilitacion energetica en un edificio de uso predominantemente residencial. Base máxima 15.000 €
Bonificación del IBI50 %Tu ayuntamientoPotestativa: la ley se lo permite, no se lo obliga. Mira la ordenanza fiscal de tu municipio
Bonificación del ICIO95 %Tu ayuntamientoSobre el impuesto de obras. También potestativa

Lo que casi nadie cuenta de la deducción del IRPF: premia reducir el consumo de la vivienda, no instalar placas. Unas placas solas, sin tocar aislamiento ni climatización, muchas veces no llegan al umbral. Hace falta certificado energético antes y después, y el de después tiene que demostrar la mejora.

El panorama completo, con la deducción del IRPF y las convocatorias autonómicas, está en ayudas para placas solares y en ayudas por comunidad autónoma.

Y si te preocupaba lo contrario —que la instalación te suba los impuestos—, está resuelto en ¿suben el IBI las placas solares?: no altera el valor catastral.

Probar la calculadora de amortización de placas solares

#Preguntas frecuentes

#¿Cuánto es el ICIO de una instalación solar?

Entre el 2 y el 4 % del coste de la obra, según el tipo que fije tu ayuntamiento. En una instalación de 6.000 €, entre 120 y 240 € antes de bonificación.

#¿Todos los ayuntamientos bonifican el ICIO por placas solares?

No, es potestativa. Hay que comprobar la ordenanza fiscal del municipio.

#¿Se puede pedir después de hacer la obra?

Normalmente no: se solicita en el trámite de obra. Algunas ordenanzas admiten la rectificación de la liquidación dentro de un plazo, así que si se te ha pasado, merece la pena preguntar en el ayuntamiento.

#¿Hace falta licencia de obra o basta declaración responsable?

Depende del municipio. Para autoconsumo en cubierta, la mayoría admite declaración responsable, que es inmediata. En casco histórico o edificio protegido puede exigirse licencia.

#¿Se puede acumular con la bonificación del IBI?

Sí, son impuestos distintos y bonificaciones distintas. Se piden por separado y en momentos distintos: el ICIO en la obra, el IBI después.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ICIO de una instalación solar?
Entre el 2 y el 4 % del coste de la obra, según el tipo que fije tu ayuntamiento. En una instalación de 6.000 €, entre 120 y 240 € antes de bonificación.
¿Todos los ayuntamientos bonifican el ICIO por placas solares?
No, es potestativa. Hay que comprobar la ordenanza fiscal del municipio.
¿Se puede pedir después de hacer la obra?
Normalmente no: se solicita en el trámite de obra. Algunas ordenanzas admiten la rectificación de la liquidación dentro de un plazo, así que si se te ha pasado, merece la pena preguntar en el ayuntamiento.
¿Hace falta licencia de obra o basta declaración responsable?
Depende del municipio. Para autoconsumo en cubierta, la mayoría admite declaración responsable, que es inmediata. En casco histórico o edificio protegido puede exigirse licencia.
¿Se puede acumular con la bonificación del IBI?
Sí, son impuestos distintos y bonificaciones distintas. Se piden por separado y en momentos distintos: el ICIO en la obra, el IBI después.

Fuentes oficiales consultadas